Las infracciones se califican de muy graves, graves y leves y pueden suponer sanciones de entre 60 euros hasta los 20.000 euros
La ley determina que los caminos tienen que ser de acceso libre y gratuito y que están destinados al tránsito no motorizado
El presidente del Consell de Mallorca, Miquel Ensenyat, la consellera de Infraestructuras y Territorio, Mercedes Garrido, y al consellera de Medio ambiente, Sandra Espeja, han presentado y defendido durante el Pleno del Parlament, la Ley de caminos y rutas senderistas elaborada desde la institución insular.
Con esta ley, según el Consell, se da respuesta a la necesidad de establecer un régimen jurídico por los caminos públicos para poder recuperarlos y promover su uso y defensa. Así mismo, proporciona un marco legal para rutas de interés excursionista existentes y abre la posibilidad de poder crear de nuevas.
La Ley de Caminos nace, afirma Ensenyat, para ser un herramienta al servicio de las administraciones, sobre todo de los ayuntamientos. Regulará los nuevos usos y preservará el patrimonio público. La Ley de caminos es la tercera iniciativa legislativa que lleva a cabo el Consell de Mallorca desde la aprobación del Estatuto de Autonomía».
Finalmente, Sandra Espeja, ha explicado que «La ley prevé sanciones y se tendrán que restituir y resarcir los daños y perjuicios que la actuación haya podido ocasionar. Porque esta no es una ley recaudatoria, sino una ley que tiene como objetivo conservar nuestro entorno, garantizar el derecho a andar por caminos no asfaltados, potenciar la recuperación de caminos públicos cercados y la puesta en marcha de nuevas rutas senderistas para que todo el mundo pueda disfrutar de Mallorca de manera sostenible. Lo que no se puede consentir es que un propietario cierre un camino público de manera unilateral, y que la ciudadanía tenga que esperar años e incluso décadas para volverlo a recuperar”.
La ley se ha tomado consideración con 34 votos a favor. Esta es la tercera ley que impulsa el Consell de Mallorca.
Caminos públicos
La ley define los caminos públicos como la infraestructura viaria que permite la circulación de los ciudadanos. Con esta normativa, no sólo las instituciones podrán reclamar un camino como público, sino que también lo podrá hacer cualquier ciudadano o ciudadana. Además, dota de legitimidad a la administración para que pueda abrir de manera inmediata un camino usurpado.
Por otro parte, contempla la elaboración de diferentes catálogos de caminos que darán información y ofrecerán un control de los caminos públicos. Los ayuntamientos tendrán que elaborar sus catálogos donde se incluirán los caminos de titularidad municipal. Así mismo, se elaborará un catálogo insular que incluirá todos los caminos de titularidad del Consell de Mallorca.
También se pondrá en marcha un registro insular de caminos públicos de Mallorca que estará disponible para consultas y será accesible telemáticamente a través de un visor que será actualizado de manera continua.
Efectos y usos
Los principales efectos, contemplados por la ley, de la ordenación en materia de caminos es la declaración de utilidad pública de los terrenos necesarios para su ejecución, así como el deber del Consell de Mallorca de garantizar la ejecución del Plan director sectorial y de los planes especiales de caminos mediante estudios económicos y financieros.
En cuanto a los usos, la ley determina que los caminos tienen que ser de acceso libre y gratuito y que están destinados al tránsito no motorizado. Además, los usos y aprovechamientos diferentes al derecho de circulación o tránsito necesitarán autorización previa de la administración titular del camino
Señalización y pavimentación
Otro capítulo de la normativa también estará dedicado a la pavimentación de los caminos, y determina que en carácter general los caminos de acceso al medio natural y paisajístico no se pueden pavimentar y si se tuviera que pavimentar por razones imperiosas se tendrá que tramitar la declaración de Interés General.
Así mismo, y con el objetivo de crear mayor homogeneidad, se contempla la elaboración de un manual de señales para que todas sigan la misma pauta en toda la isla. En todo caso, será la administración titular del camino la encargada de implantar la señalización.
Rutas senderistas
Aparte de los caminos públicos, esta ley también hace referencia a las rutas senderistas con el objetivo de recuperar, conservar y fomentar el patrimonio viario tradicional y su entorno, así como facilitar la práctica de este deporte. Es la primera vez en la Comunidad Autónoma que se presenta una ley para regularlas si protegerlas
Infracciones y sanciones
Finalmente, la ley también incluye una serie de infracciones que se califican de muy graves, graves y leves y que pueden suponer sanciones de entre 60 euros hasta los 20.000 euros. Además, la norma también incluye la obligación de restituir las cosas conforme a su estado anterior con cargo al infractor y de resarcimiento de daños y perjuicios que la actuación haya podido ocasionar.