Tras dos años en vigor, analizamos los cambios que ha traído la nueva ley urbanística
La aprobación de la Ley de Urbanismo de las Islas Baleares el 23 de enero de 2018 trajo consigo importantes cambios en materia urbanística. A partir de ese momento, las autoridades competentes de la región comenzaron a ser mucho más estrictas con el cumplimiento de la normativa. En este nuevo contexto, conviene saber exactamente qué ha cambiado y qué aspectos se han de tener presentes de ahora en adelante.
En primer lugar, y aunque son muchos los cambios introducidos en esta materia, destaca sobre todo el tema de las prescripciones. Tal y como nos explica José Manuel Sierra, desde Sierra Abogados & Inversiones, “ahora continúa prescribiendo la sanción económica, si transcurren 10 años desde que se comete la infracción, pero no la obligación de restituir la legalidad urbanística”.
Así, los actuales propietarios de bienes inmuebles que se encuentren en una situación irregular tendrán que realizar las actuaciones oportunas para asegurar su legalidad, independientemente del tiempo que haya pasado desde su construcción o reforma. Y, si no lo hacen de forma voluntaria, recuerda Sierra “se encontrarán bajo la amenaza de la demolición por parte de la Administración Pública”.
Aparte, otro de los principales problemas que ha traído la nueva ley para los infractores es el que tiene que ver con las propiedades que han pasado por varios propietarios a lo largo de los años. En este sentido, José Manuel Sierra aclara que “son responsables absolutamente todos los miembros de la cadena que no solicitaran en su momento las licencias oportunas”.
La Agencia de Defensa del Territorio
Tal es el afán que hay en la actualidad por asegurar la legalidad de todas las construcciones en Baleares, que se ha creado para tal fin la Agencia de Defensa del Territorio del Consell Insular de Mallorca. Este órgano es el encargado de supervisar la correcta adecuación a la ley de todas las construcciones, obras, reformas, ampliaciones y demás actuaciones urbanísticas, especialmente las que se realicen en suelo rústico y sin la licencia requerida.
En opinión de Sierra, el objetivo de la creación de este organismo no es otro que el de tratar de “evitar amiguismos y opiniones subjetivas a la hora de perseguir y valorar estas infracciones”. Para conseguirlo, se ha dejado a los municipios de menor tamaño sin apenas competencias en este ámbito. Es decir, no pueden tramitar ni sancionar este tipo de infracciones, pues la potestad para hacerlo ha pasado a ser en exclusiva de este organismo.
Un suelo rústico protegido
Básicamente, se encuentran en peligro las siguientes construcciones:
- Las que según la nueva ley puedan ser objeto de expropiación, cesión o derribo.
- Aquellas que se hayan ejecutado sin licencia o cuya licencia estuviera anulada.
- Las que se han ejecutado legalmente, si posteriormente han sufrido obras, ampliaciones o reformas sin su correspondiente licencia.
Sin duda, son muchos los inconvenientes a los que se pueden enfrentar a día de hoy los propietarios de estas construcciones. Sin embargo, Sierra concluye que “debemos construir conforme a las normas municipales, ya sea en materia de linderos, vallado o material utilizado en las construcciones, si queremos tener un suelo rústico protegido”.
Buenos dias.
Esto es una manera de enriquecer a los ayuntamientos… Bastantes impuestos se pagan para que los ayuntamientos saquen tajada