El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera como un segundo pagador a nivel de fiscalidad, junto con la empresa que tramitó el ERTE del declarante.
Cuando se tiene más de un pagador, el cálculo de las retenciones no está equilibrado, porque se desconocen los ingresos anuales del contribuyente, por lo que se le aplica la retención mínima o nula.
La campaña de la Renta de 2020, que empezará el próximo miércoles 7 de abril, está generando dudas entre aquellos que estuvieron en ERTE total o parcial durante le año pasado, ya que, si tuvieran que realizar la declaración de la Renta, en ella resultarían dos pagadores distintos, dato que podría afectarles a nivel fiscal. De hecho, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera como un segundo pagador a nivel de fiscalidad, junto con la empresa que tramitó el ERTE del declarante.
“Tener dos pagadores debería solo afectar en la declaración de la Renta, en ciertos casos; para todos aquellos que tienen una retribución bruta anual de entre los 14 y los 22 mil euros anuales, podría suponer una desventaja, ya que estarían obligados a declarar y tener que pagar a Hacienda en caso de que efectivamente la retención practicada por el SEPE sea inferior a la que correspondería por los ingresos anuales totales”, explica Xavier López Villaécija, director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados.
Y es que el tener que pagar o no por tener dos pagadores depende de las retenciones aplicadas a lo largo del año fiscal: dado que las contribuciones fiscales se calculan en base al sueldo total anual, “en caso de tener un solo pagador, éste puede ajustar las retenciones y equilibrarlas en base a los ingresos anuales, porque los conoce, por lo que en la declaración de la Renta suele resultar un importe a pagar o a devolver mínimo, salvo que haya deducciones a aplicar por parte del contribuyente, que ayudarían a que el resultado fuera más favorable para el obligado tributario”, analiza Xavier López.
Cuando se tiene más de un pagador, como es el caso de los casi cuatro millones de trabajadores protegidos por ERTE durante 2020, el cálculo de las retenciones no está equilibrado, porque se desconocen los ingresos anuales del contribuyente, por lo que se le aplica la retención mínima o, a veces, la nula: “Esto se puede comprobar en el documento que envía el SEPE a los afectados por un ERTE, en el que se les indica que la retención es mínima o incluso del 0%. Es por ello por lo que, si tienen obligación de declarar, tendrán que abonar lo que no pagaron en su momento a través de las retenciones soportadas”, destaca López Villaécija.
¿Cuándo es obligatorio hacer la declaración de la Renta?
La obligatoriedad de realizar la declaración de la renta está sujeta al número de pagadores y al total de ingresos durante le año. En caso de tener un único pagador, los contribuyentes estarán obligados a pagar solo si los rendimientos superan los 22.000 euros anuales.
En cambio, “si el SEPE aparece como segundo pagador, los contribuyentes tendrán que declarar a partir de los 14.000 euros de ingresos laborales durante el año, por lo que el límite se reduce, siempre y cuando los ingresos brutos del SEPE superen los 1.500 euros en términos anuales”, señala López Villaécija. Por lo tanto, para todos aquellos que hayan tenido una Renta más baja de este límite, el hecho de tener dos pagadores no supondrá ningún cambio, dado que no existe la obligación de tramitar la declaración de la Renta.