El periodo voluntario de pago de determinados tributos del Ayuntamiento de Palma ha empezado este lunes día 12 de septiembre, y el de los ayuntamientos de Manacor, Marratxí y Artà, se inicia este jueves día 15 de septiembre. Se trata de los tributos correspondientes a 2022 cuya recaudación corresponde a la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB).
Concretamente, los tributos a pagar son los siguientes:
-Marratxí: impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre actividades económicas, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasas municipales (utilización privativa o aprovechamiento del dominio público por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública por aparcamiento y carga y descarga de mercancías de cualquier clase, por recogida, transporte, transferencia y eliminación de residuos urbanos o municipales y de cementerio municipal y servicios funerarios). El número de contribuyentes es de 30.790 personas y el importe que se pone al cobro es de 16,7 millones de euros, correspondiente a 90.404 recibos (de los que cerca de un 50% constan domiciliados o adheridos al pago a la carta).
-Palma: impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre actividades económicas y tasa por las entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, prohibición de estacionamiento y carga o descarga de mercancías de cualquier clase. El número de contribuyentes es de 157.979 personas y el importe que se pone al cobro es de 132,9 millones de euros, que corresponde a un total de 335.912 recibos (de los cuales un 64% constan domiciliados o adheridos al sistema especial de pago o pago a la carta).
-Manacor: impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre actividades económicas, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, impuesto sobre gastos suntuarios (vedados de caza) y tasas municipales (alcantarillado, recogida y eliminación de residuos, entrada de vehículos mediante las aceras -vados–, reservas de vía pública por aparcamiento exclusivo u otras autorizadas). El número de contribuyentes es de 36.123 personas y el importe que se pone al cobro es de 23 millones de euros, correspondiente a 120.065 recibos (de los cuales un 50% constan domiciliados o adheridos al pago a la carta).
-Artà: impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto sobre actividades económicas. El número de contribuyentes es de 5.212 personas y el importe que se pone al cobro es de 3,7 millones de euros, que corresponde a un total de 8.671 recibos, de los cuales constan domiciliados un 73%.
El plazo voluntario de pago de estos tributos finaliza el 18 de noviembre en el caso de Palma, y el 1 de diciembre en el caso de los ayuntamientos de Manacor, Marratxí y Artà. Se recuerda a los contribuyentes que, por razones de eficacia, agilidad y seguridad, no se remiten avisos de pago en papel. La forma general para consultar, obtener y/o pagar los recibos es a través del Cartero Virtual en el portal web de la ATIB (www.atib.es), introduciendo el DNI/NIF y el código de contribuyente. También se puede acceder al Cartero Virtual con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
En caso de no utilizar el portal de la ATIB, se ponen a disposición de los contribuyentes 28 oficinas de recaudación de la ATIB en las que también se puede hacer el pago de los tributos (sin necesidad de ir a una oficina bancaria), con tarjeta bancaria, con independencia de la entidad emisora.
Los horarios y la situación de las oficinas se pueden consultar en www.atib.es > Tributos locales > Oficinas de recaudación. Hay que solicitar cita previa en el portal de la ATIB (web www.atib.es > Cita previa) o por teléfono en el 971 678 404. Cualquier consulta o duda respecto del pago de los tributos también se puede hacer por internet en este portal (www.atib.es > Consultas y sugerencias).
En cuanto a los recibos cuyo pago esté domiciliado en una entidad bancaria, se informa que serán remitidos a las respectivas entidades para que sean cargados en las cuentas de los contribuyentes a partir del 31 de octubre, en el caso de los tributos del ayuntamiento de Palma, y a partir del 17 de noviembre en el caso de los ayuntamientos de Manacor, Marratxí y Artà.
Una vez transcurrido el plazo voluntario de ingreso, respecto a los contribuyentes que no hayan hecho el pago, se iniciará el periodo ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si procede, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.