Una vecina de nuestro Marratxí nos envía una fotoqueja que hace referencia a la altura excesiva que según ella, tienen los badenes en algunas calles del municipio. Asegura: “hay algunos badenes del Pont d’Inca, calle Cabana y en dirección hacia el polideportivo y a la urbanización Ca’n Carbonell que son excesivamente altos, no cumplen la normativa, igual que subiendo del puente del Mesón Tío Pepe, hasta la urbanización Ses Cases Noves, son excesivamente altos y bruscos, también justo antes de la rotonda de Ses Cases Noves y toda esta zona y los que van desde la rotonda de Ca’n Carbonell, donde está la residencia, hasta la estación del tren en la calle Son Frau”
La queja que nos ha remitido continúa diciendo, “mi coche da unos batacazos, y estoy muy mal de columna y cervicales, y forzosamente tengo que pasar por allí un par de veces cada día y aunque vayas muy despacio el salto me afecta mucho”.
Finaliza su queja con una petición, “rogaría al Sr. Alcalde se diera una vuelta por allí para comprobarlo, o a quien corresponda, porque lo paso muy mal, y me agrava mucho mis lesiones de cervicales. hay algunos que son demasiado altos con bajadas muy bruscas, por favor que se mire la altura, que no es la que marca la ley, aparte de lo que también padece el coche con lo que esto supone”.
La altura de los badenes siempre ha generado mucha controversia, no solo por si consiguen su objetivo o no, si no sobre todo por las características técnicas que deben tener, para que el lector tenga una idea de que requisitos deben cumplir, aquí tienen un resumen de la normativa que regula las características técnicas que deben tener los dos modelos que hay instalados en nuestro municipio:
De sección transversal trapezoidal o paso peatonal sobreelevado. Se sitúan a un nivel superior al del firme de la calzada y pueden servir como paso de peatones. Constan de una zona sobreelevada central de 10 cm de altura y 4 metros de longitud, y dos rampas, que deberán tener una longitud de entre 1 metro, para aquellos situados en zonas de velocidad límite de 30 km/h, 1,5 m para las de 40 km/h y 2,5 m para las de 50 km/h. Además, el borde de entrada, la diferencia de distancia entre el principio de la rampa y el asfalto, debe ser inferior a 5 mm.
De sección transversal circular o de lomo de asno. Realizados en plásticos resistentes, no se usan nunca como pasos de peatones. Constan de una zona sobreelevada en 6 cm respecto al suelo en su punto más elevado y 4 m de longitud. El borde de entrada debe ser inferior a 5 mm.
¿Dónde y cómo deben estar situados y señalizados? La ubicación de estos badenes se limita a tramos donde la velocidad máxima se encuentre entre 30 y 50 km/h. Además, deberán ser instalados con una distancia entre dos consecutivos de entre 50 y 200 metros, si bien se procurará que no supere los 150 metros.
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¿Han reparado en que estos badenes castigan tanto a los que respetan o han respetado la velocidad permitida como a los que no? Guste o no, chocolate para todos.¿No se podría poner un radar por cada badén, para controlar la velocidad y, así, de este modo, dar chocolate al que lo desee?