Durante 2022, seis personas recibieron la eutanasia en Baleares. Cuatro personas sufrían patologías neurológicas, una oncológica y una traumatológica.
En 2022, seis personas recibieron la eutanasia en Baleares, una prestación que se puso en marcha el 25 de junio de 2021 en cumplimiento de Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de Regulación de la Eutanasia. 4 personas sufrían patologías neurológicas, 1 oncológica y 1 traumatológica.
Durante el pasado año se presentaron en las Islas 25 solicitudes, dos de las cuales todavía estaban en trámite al empezar 2023.
Así lo ha dado a conocer la Comisión de Garantía y Evaluación del Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir en Baleares en su memoria anual, que estará disponible en los próximos días en el espacio web del Servicio de Planificación Sanitaria, así como también en el espacio web de Eutanasia de la CAIB.
De acuerdo con esta memoria, por islas, de las 25 solicitudes recibidas a lo largo de 2022, 18 se tramitaron en Mallorca, 1 en Menorca y 6 en Eivissa. Por sexo, 13 correspondían a hombres y 12 a mujeres.
Por tramos de edad, 1 fue una persona entre 18 y 30 años, 2 entre 30 y 39, 1 entre 40 y 49 años, 7 entre 50 y 59 años, 3 entre 60 y 69 años, 5 entre 70 y 79 años, 3 entre 80 y 89 años y 3 entre 90 y 100 años. La mayoría de solicitudes (11) presentaban patologías neurológicas, 9 oncológicas, 1 de salud mental, 3 traumatológicas y 1 caso sufría pluripatologías.
En lo referente a las eutanasias practicadas, 2 eran hombres y 4 mujeres. 1 tenía entre 40 y 49 años, 1 entre 50 y 59 años, 1 entre 60 y 69 años, 2 entre 70 y 79 años y 1 entre 90 y 100 años.
En relación con el tiempo de respuesta, todas las solicitudes han sido atendidas dentro de los plazos que marca la normativa. Cabe recordar que la Ley Orgánica 3/2021 establece un procedimiento complejo para la solicitud y verificación de la prestación de la eutanasia. En el caso de Baleares, la media de días entre la primera solicitud y la realización de la prestación ha sido de 58 días, teniendo en cuenta que en algunos casos se solicitaron aplazamientos por decisión del propio paciente.
Actualmente, ya se ha aprobado el decreto regulador del registro de objetores en el que se pueden inscribir todos los profesionales implicados directamente y que quieran acogerse a su derecho de objeción a participar en esta prestación. El registro se encuentra en estado de pruebas técnicas para poder abrirlo.
Derecho a la prestación de ayuda a morir
La Conselleria de Salut i Consum de las Illes Balears garantiza el cumplimiento de esta ley, cuyo principal objetivo es regular un nuevo derecho individual y una nueva prestación sanitaria: la eutanasia o ayuda a morir. La Conselleria de Salut i Consum trabaja para facilitar esta prestación y asesorar, acompañar y formar a todos los profesionales implicados en la oferta de la prestación.
Puede solicitar la prestación de la ayuda a morir aquella persona (o en su nombre, si así lo ha dejado manifestado en el documento de voluntades anticipadas) que sufra una enfermedad grave e incurable o un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos que establece la Ley, certificado por su personal médico responsable, que provoque un sufrimiento que la persona considera inaceptable y que no se haya podido mitigar por otros medios.
Con el objetivo de ofrecer información, está habilitada la web eutanasia.caib.es, donde se pueden encontrar apartados de preguntas frecuentes para profesionales y para la ciudadanía, normativa, documentación diversa y notas de prensa.