miércoles 04 diciembre 2024
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Siete grandes cadenas denunciadas por no repercutir la rebaja del IVA a todos los alimentos afectados

FACUA ha revisado la evolución de casi 700 precios en Alcampo, Aldi, Carrefour, Dia, Eroski, Lidl, Hipercor y Mercadona.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a siete cadenas de distribución por no repercutir la rebaja del IVA a todos los alimentos afectados por la medida.

La asociación ha revisado la evolución de 674 precios en Alcampo, Aldi, Carrefour, Dia, Eroski, Lidl, Hipercor y Mercadona. Los análisis se han llevado a cabo los días 30 de diciembre y 3 de enero. En ellos ha detectado que en 50 casos no se ha aplicado una bajada en el precio equivalente a la del Impuesto sobre el Valor Añadido. Así, 32 precios son idénticos que al finalizar el año, 11 no han repercutido la totalidad de la rebaja fiscal y siete son incluso más elevados. (Ver tabla con los incumplimientos).

Se trata de la primera fase de la campaña de seguimiento de precios que ha puesto en marcha FACUA y que continuará desarrollando durante los próximos meses. En este sentido, recuerda que los establecimientos no pueden subir los precios de los alimentos afectados por la bajada del IVA al menos hasta que finalice abril, plazo que se ampliará dos meses más si el IIPC subyacente del mes de marzo no está por debajo del 5,5%. Solo serán legales las subidas justificadas en incrementos de costes.

De momento, los establecimientos con más irregularidades son Dia, con el 16%, y Carrefour, con el 10%. En Mercadona no se ha detectado ninguna anomalía y en Hipercor solo en un producto (1% de los analizados). Pero ahora queda comprobar que no haya más subidas de precios durante los meses en que estará vigente la rebaja fiscal.

Las irregularidades

En la mayor parte de los casos, las irregularidades detectadas por FACUA consisten en cobrar a los consumidores el mismo importe que antes de la bajada del IVA, con lo que la totalidad de la misma se estaría destinando a un aumento del margen de beneficio del establecimiento.

También hay productos en los que el precio de venta al público es incluso superior al de los días previos a la entrada en vigor de la medida. Asimismo, hay casos en los que la bajada es inferior a la que debería aplicarse si se repercutiera totalmente la rebaja fiscal. Entre ellos, FACUA ha detectado prácticas incorrectas de redondeo al alza para sumar un céntimo cuando en realidad deberían ser a la baja.

El mayor número de anomalías se ha detectado en Dia, 13 irregularidades en los 80 precios comparados, en nueve casos por redondeos al alza. En segundo lugar, Carrefour, donde de los 113 precios analizados, en 11 casos no se ha repercutido la bajada del IVA.

A continuación, Eroski, con ocho precios incorrectos del total de 92 evaluados. En Alcampo seis precios con irregularidades de los 96 analizados, en dos casos por redondeos al alza. En Lidl también se han detectado seis precios más altos de lo que deberían ser con la rebaja del IVA de un total de 70 productos comparados.

En Aldi se han denunciado cinco casos de 64 evaluados. En Hipercor solo un precio incorrecto del total de 76 productos a los que se ha realizado el seguimiento. Y en Mercadona ni una sola irregularidad detectada en los 83 alimentos donde se ha comparado el precio de finales de diciembre con el actual.

En sus denuncias, FACUA solicita a la CNMC que investigue las prácticas y abra los oportunos expedientes sancionadores para determinar si los precios aplicados suponen un aumento en los márgenes de beneficio empresarial o están justificados por incrementos en los costes de los productos donde no se ha repercutido la bajada del IVA.

Qué dice la ley

El artículo 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, establece en su apartado 3 que «la reducción del tipo impositivo beneficiará íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos».

«La efectividad de esta medida se verificará mediante un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, independientemente de las actuaciones que corresponda realizar a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el ámbito de sus competencias», continúa el citado apartado.

Los alimentos afectados

Según la norma, desde el 1 de enero se aplicará el 0% de IVA a los siguientes alimentos a los que se les repercutía el 4%:

– El pan común, la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.

– Las harinas panificables.

– Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.

– Los quesos.

– Los huevos.

– Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

Por su parte, se bajará del 10 al 5% el IVA a los aceites de oliva y de semillas y a las pastas alimenticias.

El artículo 72 del citado real decreto-ley indica que volverá a aplicarse el IVA del 4 y el 10% a estos alimentos el 1 de mayo «en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 por ciento». Si no es así, la medida continuará en vigor hasta final de junio.

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